La Biblia desde el siglo XXI

El precio de mercado de un esclavo como José [4]

26.12.2023 00:00
<-- Primer post de esta serie
<-- Post anterior Post siguiente -->

Tras aclarar en el post anterior el precio de los esclavos en la antigua ciudad de Mari, queda centrarnos en uno de los primeros imperios de la historia: el babilónico, que destacó en la primera mitad del segundo milenio antes de Cristo.

Respecto a Mari quedó la duda de si la referencia a 20 siclos como precio de esclavo era la coincidencia de un registro comercial o algo más firme y constante como un repertorio legislativo. En el caso de Babilonia no hay dudas, pues se trata del conjunto de leyes que recopiló el rey Hammurabi.

Como ya comenté en el post anterior, supe de la mención a esos 20 siclos como precio de esclavo gracias a un artículo en “El debate”, aunque no conseguí acceder al texto de los archivos de Mari. Pero pienso que sería mucha casualidad que, de ser un único registro comercial, éste coincidiera justamente con lo que pagaron los medianitas por José. Y si en vez de ser un solo registro comercial se trata de varios, más motivo para pensar que no es casualidad, sino que esos 20 siclos era el precio habitual en aquellos tiempos.

En el caso de Babilonia las referencias a la valoración de esclavos están en la recopilación legislativa de Hammurabi. Así, pues, podemos tener la certeza de que no se trata de una coincidencia puntual entre un ocasional registro comercial en los archivos babilónicos y la venta de José.

 

Sobre el código de Hammurabi

El código de Hammurabi era la recopilación de leyes babilónicas realizada por el rey Hammurabi (1795 a 1750 antes de Cristo). Están grabadas en un monolito de basalto negro de más de dos metros de altura con la escena grabada del dios de la justicia entregando el código a Hammurabi. En su día había copias colocadas a la vista del pueblo, pero hoy día sólo se encuentra “casi completa” la hallada por arqueólogos franceses en 1901 en Susa, que se conserva en el museo del Louvre, en París. Aunque lo encontrado estaba roto en tres partes, fue restaurado quedando en un muy buen estado, salvo algunas partes de texto perdidas.

Respecto al contenido, incluye procedimientos legales, penas aplicables, normas sobre derechos de propiedad, préstamos, deudas, propiedades domesticas (incluyendo esclavos, puesto que eran considerados “objetos factibles de ser apropiados”), etc. También se fijan precios. No incluye normas sobre temas religiosos, y el ámbito social de población protegida abarca todas las clases sociales, incluso esclavos (Había 3 clases de personas: hombres libres, esclavos, y hombres “semilibres”).

Las 282 normas que incluía no eran nuevas, pues sintetizaban los usos y costumbres que se venían practicando, tanto por consenso social como por la aplicación de normas ya reguladas por otras recopilaciones legislativas anteriores. Y es que el código de Hammurabi no fue la primera recopilación legal, aunque sí hay que reconocerle el mérito de ser la más exhaustiva e influyente en su época. Anteriores al de Hammurabi fueron: El de Urukagina (siglo XXIV antes de Cristo). El de Ur-Nammu (siglo XXI antes de Cristo). El de Ešnunna (probablemente del siglo XX Antes de Cristo). El de Lipit-Ishtar (siglo XX antes de Cristo).

 

Sobre la fecha de redacción del código

Fue redactado durante el reinado de Hammurabi, que, según la cronología oficial, reinó desde el 1792 hasta el 1750 antes de Cristo, pero según la “enciclopediadehistoria.com”, la influencia de su código se proyectó durante todo un milenio. Según la cronología oficial, la redacción de este código fue un siglo posterior a la venta de José (recordad: 1898 antes de Cristo fue la fecha aproximada que calculé para su venta). Pero si como ya vimos respecto a los archivos de Mari, la cronología más difundida también tiene el desfase de algo más de 3 siglos que el egiptólogo David Rohl junto con otros expertos afirman que existe entre la cronología "oficial" y la que ellos mantienen, en realidad el código de Hammurabi sería unos dos siglos anteriores a la venta de José.

 

Sobre la vigencia del precio por esclavo

En cualquier caso, fuese la venta de José anterior o posterior al código de Hammurabi, lo que no cabe duda es que los 20 siclos por esclavo que marcaba el código estuvo vigente durante mucho tiempo; tanto antes como después de la redacción del código.

¿Por qué hago tal afirmación?

Porque en este caso, la referencia al precio no está en un registro mercantil, que podría reflejar el precio en un momento determinado, sin garantía de que se mantuviese ese precio en otras transacciones. En el código de Hammurabi los 20 siclos corresponden a la valoración legal que el código asignaba por un esclavo (más adelante veremos los textos concretos). El que los 20 siclos fuese una valoración legal garantizaba la estabilidad de esa referencia durante muchos años (recordad lo indicado más arriba, que el código tuvo influencia durante un milenio).

Por otra parte, también indica la estabilidad con la que se mantuvo esa referencia en los años anteriores al de la recopilación del código. Pues cuando se registra una norma, no se establece según la “ocurrencia” momentánea del legislador, sino que se recoge lo que el pueblo entiende como justo y está acostumbrado a aplicar en su vida diaria.

Y algo que no debemos olvidar: La velocidad de los cambios en hábitos, costumbres y normativas sociales es “directamente proporcional” a la velocidad con la que circula la información en las sociedades. En nuestra época, cualquier modificación de costumbres o normas es difundida por los medios de comunicación al resto del mundo “casi de forma inmediata”; con lo que los cambios en América acaban afectando en pocos meses también en Europa, Asia, etc. En los tiempos antes de Cristo, la información circulaba “a paso de burro, o camello”, con lo que los cambios de costumbres, normas, valoraciones, etc. se producían mucho más lentamente.

Y ahora lo que toca es conocer las referencias a la valoración de los esclavos que se recogen en el código. En el próximo post nos dedicaremos a ello.

(El 24/12/2023 todos los enlaces incluidos en este post estaban activos.)

 

<-- Primer post de esta serie
<-- Post anterior Post siguiente -->

 

Contacto

BíblicaMente.org

informacion@biblicamente.org

Sitio de búsqueda

Etiquetas FAVORITAS

Historicidad de la Biblia

Ateísmo

Si deseas comentar alguna página, pincha aquí e indícamelo en el mensaje.
Abriré ventana de comentarios para que opines libremente.
Te avisaré cuando esté disponible.

ESTADÍSTICAS WEBNODE
(Desde Nov/08)

7.810.110 Páginas visitadas
2.067.452 Total visitas
≈620.235 Visitantes únicos

 

El 03/12/2022 biblicamente.org recibió notificación de calificación como “sitio web de alto impacto”:

Puede consultar los criterios de selección que utiliza Gitnux para realizar la calificación en el siguiente enlace:

Gitnux: Crieterios de selección.

 

Un versículo para hoy

 


 

¡Ayúda a promocionar este sitio!
(Sin dar dinero)

(CC) Contenidos utilizables sin fines comerciales. Se agradece enlace a originales.

Creado con Webnode