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Vimos en el anterior post lo poco coherente que es la definición de "milagro" en el diccionario de la RAE con la idea intuitiva que todos asociamos a ese vocablo. Pero dejamos abierta cuestiones tales como las implicaciones de tal tipo de definición, la posibilidad de otra más alineada con el concepto habitual de milagro, y qué posibilidades hay de caracterizar un milagro por él mismo, y no por las características de nuestro conocimiento e impresiones respecto ese acontecimiento "milagroso".
A pesar de que considero la primera como la cuestión de mayor trascendencia, hoy me centraré en la segunda; pues la búsqueda de definiciones alternativas me ha mostrado cierto aspecto de la cuestión que ha incrementado aún más mi sorpresa por el hecho de que la Real Academia de la Lengua no recoja actualmente una definición en línea con la idea que habitualmente tenemos de milagro.
Pero antes sólo unos párrafos para subsanar un olvido del anterior post. Y es que a pesar de dedicar bastantes palabras para intentar mostrar lo atípica que resulta la definición de milagro en el Diccionario de la Lengua Española de la RAE (habitualmente conocido por sus siglas: DLE), olvidé citar la forma en que la misma RAE define la palabra “definición”. Hela aquí:
Definición según la RAE: “Proposición que expone con claridad y exactitud los caracteres genéricos y diferenciales de algo material o inmaterial” (véase acepción segunda).
Es interesante observar cómo la misma RAE entiende que una buena definición se centra en “los caracteres genéricos y diferenciales de algo”, y no en las características de nuestro conocimiento sobre “ese algo”, o las impresiones que nos causas “ese algo”; como ya vimos en el anterior post que sucedía con la definición de milagro que actualmente recoge el DLE (pincha aquí si quieres leer).
Por otra parte, también interesa observar que una buena definición debe centrarse en ese tipo de características al margen de que “ese algo” sea “material o inmaterial”. Por lo que respecto a lo que nos ocupa, poco importa si verdaderamente Dios existe o no. Pues incluso en el supuesto de que la idea de Dios no fuese más que una fantasía, estaría dentro del ámbito de lo inmaterial, como pueda ser Zeus, el unicornio o las hadas.
Paso a hora a centrarme en la búsqueda de alguna mejor definición de milagro, tal que se centre en las características de los mismos acontecimientos milagrosos y no en nuestro conocimiento o sensaciones sobre ellos.
Después de publicar el anterior post intenté localizar definiciones alternativas a la que actualmente recoge el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española (DLE). Quedé sorprendido. Y es que en el mismo diccionario de la academia sí encontré definición centrada en las características de los acontecimientos milagrosos y en coherencia con la idea intuitiva que todos asociamos a ese término (como ya expliqué, incluso los ateos). Pero no. No en la edición actual, sino en ediciones anteriores. En esto ha evolucionado el diccionario de la RAE.
Inicialmente continué la redacción en este punto con los detalles de cómo he llegado hasta las definiciones que he recopilado. Pero tras finalizar de redactar, me di cuenta de haber escrito un “tostón” largo y aburrido para los que no tengan aficiones lexicográficas. Así, pues, he decidido incluir aquí solamente las definiciones encontradas y dejar para el final del post todo el tostón escrito sobre mis pesquisas lexicográficas (para mi recuerdo, mayormente; pues en algún sitio quisiera mantenerlas).
DICCIONARIO Y EDICIÓN |
DEFINICIÓN (Primeras y segundas acepciones) |
Tesoro de la Lengua Castellana o Española (1611). |
Pero en rigor milagros se dicen, aquellos que tan solamente se pueden hacer por virtud divina. Largo modo decimos acá milagros, cualquier cosa extraordinaria y admirable. Como decir Fulano ha hecho milagros, ideft, ha hecho cosas tan grandes que no se esperan de él. |
Diccionario de Autoridades, de 1726 hasta 1739. Editado por la RAE. |
Obra Divina, superior a las fuerzas y facultad de toda criatura, contra el orden natural. Por extensión se llama todo aquello que es extraordinario, grande, y que causa admiración: y se suele usar como interjección, para denotar la extrañeza que causa alguna cosa. |
Diccionario de la Lengua Española, ediciones 16, 19 y 20 de la RA. |
Acto del poder divino, superior al orden natural y a las fuerzas humanas. Cualquier suceso o cosa rara, extraordinaria y maravillosa. |
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Diccionario de la Lengua Española, ediciones 21, 22 y 23 de la RAE. |
“Hecho no explicable por las leyes naturales y que se atribuye a intervención sobrenatural de origen divino”. Suceso o cosa rara, extraordinaria y maravillosa. |
En primera acepción, todos los casos hasta la edición de 1984 (20ª edición) responden perfectamente a la idea intuitiva que todos tenemos y que expliqué en el anterior post.
Y también están en perfecta coherencia con lo que la RAE específica que debe reunir una definición, “que exponga con claridad y exactitud los caracteres genéricos y diferenciales de algo material o inmaterial”:
En todas ellas se aporta referencia de carácter genérico referido al acontecimiento que se define: la característica causal, que son acontecimientos “causados” por intervención divina (¿Qué es lo que causa la divinidad?: El acto milagroso).
Por otra parte, y nuevamente referido al acontecimiento que se define, se aportan referencias de caracteres diferenciales factibles de ser conocidos por observación de los hechos en cuestión. Se especifica que son acontecimientos superiores al orden natural y a la capacidad humana. Evidentemente, sería imposible evaluar la superioridad de esos acontecimientos si no hubiese posibilidad de caracterizarlos de alguna manera para poder compararlos con lo que es natural o humano. Y si hablamos de sucesos en el entorno físico, sólo se podrán caracterizar por observación y análisis de los mismos hechos (no de nuestro conocimiento o desconocimiento acerca de ellos).
En cambio, la definición que incluye el DLE en su actual edición (y desde 1992, con la edición nº 21), ya vimos en el anterior post que no responde a la idea intuitiva que todos tenemos aún hoy día. Pero es que tampoco responde a los criterios que la misma RAE establece para una definición, pues:
¿Dónde está la referencia de carácter genérico referido al acontecimiento que se define y que debiera permitirnos clasificar un hecho como milagroso?
¿Dónde se exponen los caracteres diferenciadores a utilizar en una evaluación decisoria sobre la “milagrosidad” del hecho en cuestión?
Pensaba que la Real Academia de la Lengua Española se ocupa de cristalizar la evolución de la lengua; y que éramos los castellano parlantes los que la hacíamos evolucionar.
Pero parece que en estas cuestiones que involucran milagros y entidades sobrenaturales la Academia va por delante (bueno, y vaya usted a saber en otras cuestiones).
Si la idea intuitiva que asociamos al vocablo milagro, aún hoy día se corresponde "mayoritariamente" con la idea que bien reflejaban las definiciones las ediciones del DLE de hace unos años ¿por qué cambiarla?...
¿Acaso se pretende poner el carro antes del burro?
¿Quizás se procuran definiciones "políticamente" correctas, en línea con "las políticas" de vanguardia?
¿Acaso se pretende anticipar las definiciones para que con el correr de los años esas definiciones pueden reflejar el sentir popular? Porque no dudarás que con el correr del tiempo las nuevas definiciones habrán calado en la mentalidad de la ciudadanía. En otras palabras: iUtilizar el diccionario para moldear la opinión pública! (Viene a cuento en este punto la declaración de José María Fidalgo: "La opinión pública no surge de abajo; se cambia desde arriba").
[En este punto he de reconocer que la lo afirmado en el anterior post (de forma resumida: que todos, incluso los ateos, entendemos por milagro algún tipo de intervención divina, real o ficticia) no se basa en ningún estudio estadístico. No es más que una conclusión basada en el contacto social entre amigos y conocidos, entre los cuales más que los creyentes abundan más los ateos e “indecisos”. Lo único que puedo aportar para justificar mi afirmación es “tu” propio criterio y experiencia en las relaciones con amigos y compañeros: ¿No crees que cuando se habla de milagro se piensa, o bien en Dios (en el caso de los creyentes) o bien en los "ilusos creyentes" que ven a Dios manejando hilos tras las bambalinas (en el caso de los ateos)? Así, pues, si tú no lo ves igual, no te merece la pena seguir leyendo.]
Bueno, a continuación dejo los detalles de la búsqueda de definiciones; y para más adelante los comentarios sobre las implicaciones de esta "evolución" en la definición de milagro y los criterios que "hoy día" nos permitirían evaluar qué hechos son factibles de ser considerados milagros.
La definición más antigua que he encontrado es anterior a la primera edición del diccionario de la Real Academia de la Lengua Española. Data de tiempos de Felipe III. Concretamente el año M.DC.XI, que así se entendían por entonces (1611). La incluyo para que nos hagamos una idea de lo que entendía por milagro por aquellas fechas (suponiendo que la definición de este diccionario (“Tesoro de la Lengua Castellana o Española”) recogía el sentido habitual que daba el pueblo por entonces:
(Esta consulta la he podido realizar gracias a los fondos digitalizados de la Universidad de Sevilla. En este enlace podéis acceder a la obra, y en este otro a la página concreta donde podréis consultar el término “Milagro”).
Tras la primera frase etimológica y explicativa del sentido de la palabra raíz latina (miraculum), pasa a definir el término milagro según uso en el siglo XVII:
“Pero en rigor milagros fe dizen, aquellos que tan folamente fe pueden hazer por virtud divina”
En castellano actual: “Pero en rigor milagros se dicen, aquellos que tan solamente se pueden hacer por virtud divina”.
Se puede observar que la definición no se centra en el nivel de conocimiento que pudiesen tener en aquellas fechas sobre los acontecimientos factibles de ser considerados milagros. Se centra en su característica causal: “... tan solamente se puede hacer por virtud divina”. Es decir: que la causa del acontecimiento está en la divinidad (sea Dios real o ficción, si hablaban de “milagro”, pensaban que Dios estaba detrás, al margen de si existe o no. Igual que hoy días pensamos).
Añadir que en segunda acepción, no “en rigor”, sino en “largo modo” (entiendo algo así, como “figuradamente”) recoge algo similar a lo que actualmente también se recoge en el DLE: “Largo modo decimos acá milagros, cualquier cosa extraordinaria y admirable”. Y pone ejemplos del uso: “Como decir, Fulano ha hecho milagros, ideft (¿), a hecho cosas tan grandes que no se esperaban de él.”
Resumiendo: Definición, que según entiendo, se atiene mucho mejor que la que actualmente recoge el DEL (edición 2014), puesto que se centra en la caracterización causal de los mismos acontecimientos milagrosos (La causa que los provoca, la divinidad. Insisto, al margen de que Dios exista o no).
La siguiente definición que he encontrado data del siglo XVIII, en el “Diccionario de Autoridades”, primer proyecto de la Real Academia que podría considerarse le “edición cero” del “Diccionario de la Lengua Española”. La diferencia de aquel primer diccionario con las posteriores ediciones del DLE es que junto a las definiciones se incluían citas de autores que ilustraban el empleo de las palabras recogidas en el diccionario.
Este diccionario se imprimió en 6 tomos, desde 1726 hasta 1739. Y en el 4º tomo, de 1734, define milagro como sigue:
“Obra Divina, superior a las fuerzas y facultad de toda criatura, contra el orden natural”
(Puedes consultar el diccionario de autoridades en este enlace)
Como la anterior definición, tampoco se centra en el nivel de conocimiento que pudiesen tener en aquellas fechas sobre los acontecimientos que factibles de ser considerados milagros. Por un lado, como la anterior definición, se centra en su característica causal: “Obra divina...” (La causa del acontecimiento está en la divinidad). Pero también a características perceptibles, pues al especificar que ese tipo de obras son superiores a las “fuerzas y facultad de toda criatura”, y que son “contra el orden natural” aporta referencias que permiten clasificar los acontecimientos como milagros en base a lo que se pueda percibir de ellos (observarlos, medirlos, pesarlos, etc.). E insisto: no hace referencia a las características de “nuestro conocimiento de ellas”).
Resumiendo: Definición que mejora la recogida en el “Tesoro de la Lengua Castellana o Española”, pues además de hacer referencia a características causales añade referencias válidas para las características perceptibles.
La siguiente definición que he podido encontrar data de los años 70. Las anteriores definiciones las pude conseguir en internet, pero no así otras ediciones del DLE anteriores a 2001 (fecha de la vigésimo segunda edición, disponible en la web de la RAE, al igual que la 22ª edición).
Así, pues, hasta ahora debo conformarme con la definición de los años 70, de la cual dispongo gracias a los 2 tomos de la parte léxica de la Enciclopedia Asuri. Los mismos editores aclaran que la parte lexicográfica de la enciclopedia recoge “las entradas y acepciones que figuran en las dos últimas ediciones del texto académico (1956 y 1970)”. Y digo que debo conformarme hasta ahora, porque he podido localizar a la venta en internet tres ejemplares en papel de las ediciones décimo novena, vigésima y vigésimo primera (años 1970, 1984 y 1992). Estoy a la espera de recibirlas, con lo que dispondré de la evolución de las definiciones de la RAE desde 1970 hasta la actualidad. Y es que esta “evolución” en la definición de la palabra milagro que he detectado entre 1970 y 2001 ha estimulado mi curiosidad respecto a otras posibles evoluciones para las cuales y “me apetece” disponer de las fuentes originales (Por cierto, también he detectado evolución en otros términos, como Dios, creación, matrimonio. Se supone que algún día estas evoluciones podrán consultarse con los diccionarios históricos, pero actualmente aún no se han incluido ninguna de estas palabras que he consultado).
Paso a la definición de la decimonovena edición del DLE:
“Acto del poder divino, superior al orden natural y a las fuerzas humanas”.
Sentido muy similar a la definición de 1734: No se centra en el nivel de conocimiento que podamos tener sobre los acontecimientos factibles de ser considerados milagros. Como las anteriores definiciones, se centra en su característica causal: “Acto del poder divino...” (La causa del acontecimiento está en la divinidad). Y también aporta referencia para la evaluación de características perceptibles: “superior al orden natural y a las fuerzas humanas”. Nuevamente referencias que permiten clasificar los acontecimientos como milagrosos en base a lo que se pueda percibir de ellos (observándolos, midiéndolos, pesándolos, etc.) para poder contabilizarlos, compararlos, clasificarlos, etc. Y nuevamente, sin hace referencias a las características de “nuestro conocimiento de ellas”).
Resumiendo: Buena definición centrada en características causales y perceptuales, que permite una correcta clasificación de cualquier acto en “milagroso”, o “no milagroso”; tanto hoy como hace miles de años como en el futuro. Sin depender de cual sea el nivel de conocimiento que podamos tener de los mecanismos o procesos físicos subyacentes al desarrollo de los acontecimientos. Y, claro, también al margen de si nos sorprende o no.
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